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Cómo compra software un ayuntamiento pequeño

Un ayuntamiento pequeño que quiere una app o una plataforma ciudadana se encuentra con que la parte difícil no es elegir proveedor: es saber por qué vía puede contratarlo. La Ley de Contratos del Sector Público fija umbrales que deciden si un expediente se resuelve en semanas o en un año. Escribimos esto desde el otro lado del mostrador, después de construir y operar SomosTorre.

· 7 min

Casi todas las conversaciones que tenemos con un ayuntamiento empiezan por el precio y deberían empezar por el procedimiento. No porque el precio dé igual, sino porque el procedimiento determina el plazo, y el plazo suele ser lo que decide si un proyecto ocurre en este mandato o en el siguiente.

La norma de referencia es la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. Aquí solo interesa una parte: los umbrales del contrato menor, que es la vía rápida.

Los tres números que deciden el plazo

VíaUmbralQué supone en la práctica
Contrato menor de serviciosValor estimado inferior a 15.000 €Adjudicación directa, sin licitación. Semanas, no meses
Contrato menor de obrasValor estimado inferior a 40.000 €La misma vía, para obra; el software rara vez entra aquí
LicitaciónPor encima del umbralPliegos, plazos de presentación, mesa de contratación y publicación en la PLACSP

El detalle que más veces se pasa por alto es la palabra «inferior». El umbral de servicios es un valor estimado inferior a 15.000 €, así que una oferta de exactamente 15.000 € queda fuera del contrato menor. Es la razón por la que nuestra adaptación para un municipio parte de 14.900 € y no de una cifra redonda: por debajo del límite, no en el límite.

Dónde cae un proyecto de software

Tres cifras deciden la vía: nuestra adaptación municipal parte de 14.900 €, el contrato menor de servicios exige un valor estimado inferior a 15.000 € y el de obras se sitúa en 40.000 €.

Valor estimado, euros · Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, art. 118

Confirma siempre el umbral vigente con tu secretaría o intervención antes de planificar sobre él. Cambia, y quien responde de que el expediente esté bien montado es el ayuntamiento, no el proveedor.

Lo que no se puede hacer con el contrato menor

La vía rápida tiene límites, y conviene conocerlos antes de diseñar un proyecto alrededor de ella. No se puede trocear un contrato grande en varios menores para esquivar la licitación: eso es fraccionamiento y está expresamente prohibido. Tampoco es una vía pensada para repetirse indefinidamente con el mismo proveedor y el mismo objeto año tras año.

La consecuencia práctica es útil: el contrato menor sirve muy bien para poner algo en marcha y comprobar si se usa. No sirve para sostener una plataforma durante ocho años sin volver a pasar por contratación. Si el proyecto va bien, en algún momento habrá que licitar, y merece la pena saberlo desde el principio en lugar de descubrirlo en el año dos.

El contrato menor sirve para poner algo en marcha y comprobar si se usa. No para sostenerlo ocho años.

Qué preguntar a un proveedor antes de firmar

Estas cinco preguntas separan un proyecto que el ayuntamiento controla de uno del que no puede salir. Ninguna es técnica.

  • ¿A nombre de quién quedan el código, los datos y las cuentas de las tiendas de apps? Deben quedar a nombre del ayuntamiento. Si las cuentas de App Store y Google Play están a nombre del proveedor, cambiar de proveedor significa volver a publicar la app y perder las instalaciones y las valoraciones.
  • ¿Qué pasa con los datos si dejamos de trabajar juntos? Debe haber una exportación en un formato abierto y un plazo escrito.
  • ¿Cuánto cuesta la operación, aparte de la construcción? Una plataforma con datos en vivo tiene un coste mensual permanente. Un presupuesto que no lo menciona no lo ha eliminado: lo ha aplazado.
  • ¿Está preparado para facturación electrónica por FACe y para los plazos de la administración? Es una pregunta administrativa y ahorra meses.
  • ¿Qué fuentes de datos usa y qué pasa si una se cae? En una plataforma ciudadana, la mayoría del valor está en datos que no son del ayuntamiento.

Por qué lo escribimos nosotros

Construimos SomosTorre para Torrelavega, una ciudad de unos 52.000 habitantes, y la operamos cada día. Está catalogada en datos.gob.es, el portal de datos abiertos del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y Eolas Prints S.L. figura como proveedor de soluciones en el Smart Cities Marketplace de la Comisión Europea.

Adaptar esa plataforma a otro municipio, con sus fuentes de datos y su marca, parte de 14.900 €. Una plataforma a medida con web y apps nativas parte de 30.000 €. A eso hay que sumar la operación, desde 450 € al mes. Los precios están publicados en esta web precisamente para que un técnico municipal pueda comparar sin pedir una reunión.

Preguntas frecuentes

¿Puede un ayuntamiento contratar software sin licitación?

Sí, por la vía del contrato menor, siempre que el valor estimado del contrato de servicios sea inferior a 15.000 €. Por encima de esa cifra hay que licitar. El umbral lo fija la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público y conviene confirmarlo con la secretaría o la intervención del ayuntamiento antes de planificar el proyecto.

¿Cuál es el límite del contrato menor para servicios?

Un valor estimado inferior a 15.000 € para servicios y suministros, e inferior a 40.000 € para obras. La palabra importante es «inferior»: una oferta de exactamente 15.000 € queda fuera. Por eso nuestra adaptación para un municipio parte de 14.900 €, por debajo del límite y no en el límite.

¿Se puede dividir un proyecto grande en varios contratos menores?

No. Trocear un contrato para esquivar la licitación es fraccionamiento y está expresamente prohibido. El contrato menor sirve para poner algo en marcha y comprobar si se usa; no es una vía para sostener una plataforma durante años con el mismo proveedor y el mismo objeto sin volver a pasar por contratación.

¿De quién son el código y las cuentas de las tiendas de apps?

Del ayuntamiento, si el contrato está bien escrito. El código, los datos y las cuentas de App Store y Google Play deben quedar a su nombre. Si las cuentas están a nombre del proveedor, cambiar de proveedor obliga a volver a publicar la app y se pierden las instalaciones y las valoraciones acumuladas.

¿Cuánto cuesta una plataforma ciudadana para un municipio?

Una adaptación de una plataforma existente a un municipio concreto parte de 14.900 €, por debajo del límite de contrato menor de servicios. Una plataforma a medida con web y apps nativas parte de 30.000 €. A eso hay que sumar la operación, desde 450 € al mes, que es un coste permanente y no un extra opcional.

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